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Cuadrante anual en grandes almacenes: horas, domingos y descansos según el convenio

Cuadrar un año no es repartir turnos: es resolver a la vez cinco restricciones que tiran en direcciones opuestas. Esta guía explica cuáles son, de dónde salen y en qué orden hay que aplicarlas para no descubrir en noviembre que el año no sale.

Si planificas una sección de gran superficie, conoces la escena: el cuadrante va bien hasta septiembre y entonces aparecen los números rojos. Gente que ha agotado sus domingos disponibles, personas a las que les faltan fines de semana de descanso, y un exceso de horas que hay que colocar en el peor trimestre del año.

Casi siempre el problema no es el último trimestre. Es que el cuadrante se construyó en el orden equivocado.

Las cinco cifras que gobiernan el año

El Convenio colectivo del sector de grandes almacenes 2023-2026 fija cinco límites. Todos se computan sobre el año completo, y ninguno se puede resolver por separado:

LímiteCifraDónde
Jornada anual1.770 horas de trabajo efectivo desde el 1 de enero de 2023Art. 26
Días consecutivosMáximo 10 días seguidos de trabajo ordinario; 11 en periodos de mayor actividad comunicados previamenteArt. 30
Fines de semana de descanso de calidad7 en 2024, 8 en 2025 y 9 en 2026 (sábado y domingo completos), con uno adicional en zonas de apertura generalizadaArt. 30
Domingos y festivosEn apertura generalizada, no más de 22 al año desde 2024Art. 31
Vacaciones31 días naturales al añoArt. 35

Merece la pena detenerse en la palabra anual. La jornada no es semanal ni mensual: es un saldo de 1.770 horas que se cierra a 31 de diciembre. Eso da flexibilidad para reforzar campañas, pero también significa que un desvío de dos horas semanales en primavera son ochenta horas que alguien tendrá que recuperar o que la empresa tendrá que liquidar.

No todas las tiendas juegan con las mismas reglas

El tope de 22 domingos y festivos aplica a las zonas de apertura generalizada —el caso de gran parte de la Comunidad de Madrid—. Donde la apertura no es libre, el convenio no fija un número: fija un porcentaje sobre los domingos y festivos que el centro decida abrir.

Domingos y festivos que abre el centroObligatorios para la plantilla
Hasta 15 al año50 %
Entre 16 y 2540 %
Más de 2530 %, con un mínimo de 10

Es una diferencia estructural, no un matiz. En apertura generalizada planificas contra una constante; fuera de ella, contra una función del calendario comercial de tu centro. Si gestionas tiendas en varias comunidades, son dos modelos de cuadrante distintos conviviendo en la misma hoja.

Antes de seguir

El convenio estatal es el suelo, no el techo. Los acuerdos de empresa y las actas de comité intercentros mejoran estas cifras con frecuencia: más fines de semana de calidad, descansos que incluyen el lunes, o calendarios de jornada adelantados. Comprueba siempre qué pactos aplican en tu empresa antes de dar por buena una cifra.

El orden correcto para construir el año

La mayoría de los cuadrantes se hacen de enero hacia delante, semana a semana. Es el orden natural y es el que garantiza que el año no cierre. Las restricciones anuales hay que colocarlas antes que los turnos, no después.

1

Bloquea las vacaciones

31 días naturales por persona, repartidos según el criterio de tu sección y la normativa de preferencias. Son el bloque más grande y el menos flexible: si entran después, obligan a rehacer todo lo demás.

2

Reparte los domingos y festivos

Coge el calendario de aperturas del año y reparte. El objetivo no es que nadie pase de 22, sino que todos queden cerca del mismo número. Un reparto desigual es el origen del conflicto en octubre, cuando a unos les quedan tres y a otros ninguno.

3

Coloca los fines de semana de descanso de calidad

Son sábado y domingo completos, y no se cubren con un sábado suelto ni con dos domingos sueltos. Al ir después del paso 2, ya sabes qué fines de semana están comprometidos y cuáles puedes proteger.

4

Ahora sí, reparte la carga semanal

Con el esqueleto anual puesto, distribuye la jornada ordinaria sobre lo que queda libre, ajustando a las necesidades de cobertura de cada semana.

5

Revisa las rachas

Diez días consecutivos es un límite fácil de superar sin darse cuenta, sobre todo al saltar de mes: la última semana de un mes y la primera del siguiente rara vez se miran juntas. Es el incumplimiento más común y el más invisible.

6

Cierra el saldo y deja margen en el último trimestre

Suma las horas planificadas y compáralas con las 1.770. Si vas corto, reserva ese saldo para campaña. Si vas largo en septiembre, ya tienes un problema: quedan pocas semanas para absorberlo y son precisamente las de más actividad.

Los tres errores que más caros salen

Planificar en horizonte de mes

Cuatro cuadrantes mensuales impecables pueden sumar un año que incumple. Las rachas se rompen entre meses, los domingos se acumulan sin que nadie lleve la cuenta global y las horas se desvían poco a poco. Todos los límites del convenio son anuales; la planificación también tiene que serlo.

Tratar el descanso de calidad como un descanso cualquiera

Un sábado libre y un domingo libre en semanas distintas no equivalen a un fin de semana de descanso. La norma habla de sábado y domingo consecutivos, y es justo lo que hace que el descanso sirva para algo.

Repartir a ojo lo que hay que repartir con contador

La percepción de agravio en una sección casi nunca viene del número de domingos trabajados, sino de la diferencia entre compañeros. Sin un contador por persona visible durante todo el año, esa diferencia aparece sola.

Cómo comprobar si tu cuadrante aguanta

Seis preguntas. Si alguna no tiene respuesta inmediata y numérica, el cuadrante no está cerrado:

Sancho responde esas seis preguntas solo

Genera el cuadrante anual completo de tu sección respetando estos límites, y audita regla por regla: te dice qué incumple, de quién y en qué fecha, antes de publicarlo.

Ver Sancho Planificador

Fuentes y advertencia

Las cifras citadas provienen del Convenio colectivo del sector de grandes almacenes publicado en el BOE (Resolución de 30 de mayo de 2023). Este texto es informativo y no constituye asesoramiento laboral: para un caso concreto hay que atender al convenio vigente, a los acuerdos de empresa aplicables y, cuando haya dudas, a la representación legal de las personas trabajadoras o a un profesional del ámbito laboral.